¿Qué es el Bono de Primera Vivienda?

Es un incentivo que el Estado otorga a las personas que adquieren su primera vivienda, teniendo ésta que cumplir con la característica de bajo costo y la de ser construida en el marco de un proyecto ejecutado a través de un fideicomiso.


¿Qué son viviendas de Bajo Costo?

​Son proyectos de soluciones habitacionales calificadas por el Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) que además de sus características de ubicación, tamaño, calidad de materiales, entre otros, su valor máximo de venta debe ser igual o inferior a los tres millones seiscientos veinte mil novecientos sesenta y nueve pesos con setenta y seis centavos (RD$3,627,969.76).​


¿Cuáles condiciones debe cumplir para beneficiarse del Bono de Vivienda de Bajo Costo?   

 

1.       Para ser beneficiado con el bono o compensación del ITBIS por la adquisición de viviendas de bajo costo debe cumplir con las siguientes condiciones:

2.       Ser adquiriente de una primera y única vivienda cuyo  proyecto esté  clasificado como vivienda de bajo costo por el Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) y registrado en la DGII, identificando el número de unidad y el proyecto habitacional.

3.       La vivienda debe ser utilizada o habitada por el adquiriente, ascendientes, descendientes o colaterales, todos hasta el primer grado.

4.       Ser beneficiario de un financiamiento por una entidad de intermediación financiera u otra entidad facultada para otorgar créditos, para obtener una vivienda clasificada (no obligatorio).

5.       Estar inscrito (a) en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).

6.       Encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.​


 

 CRÉDITOS: La información contenida en este apartado fue tomada de la página web de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). En caso de que quiera ampliar sus conocimientos sobre el tema, le invitamos a  visitarla: https://dgii.gov.do/contribuyentesRegistrados/personasJuridicas/fiduciaria/Paginas/bonoVivienda.aspx